Buenos días La Ley 1946 de ...
Buenos días
La Ley 1946 de 2019, es todo lo que en los discursos del Ministro de Deporte dice ir en contra: CORRUPCION, NO A LOS CONVENIOS AMAÑADOS. En carta enviada al anterior COLDEPORTES, en cabeza de la Dra. Clara Luz Roldan, por amigos, que para esa época hacían parte de COLDEPORTES, Marcela Ramón, y Presidente de CPC Julio Cesar Ávila, juntos del valle, con la autoría y acompañamiento de David Acosta, hoy coordinador de deporte paralímpico de MINDEPORTE y el Señor Carlos Barbosa , hoy Asesor en el área de posicionamiento y liderazgo de Mindeporte, presentaron una carta a Coldeportes haciendo referencia a lo que verdaderamente solicita el IPC al CPC, y hacen referencia al Numeral 6 de los criterios de membresía en su enunciado numero 1: Radicada esta carta el día 16 de junio /2017 # radicado 2017ER0018633 a las 11:19 am, carta llamada postura del Comité Paralímpico Colombiano y que resaltan el Numeral 3: 3: Para el caso en concreto el Comité Paralímpico Colombiano, de acuerdo al comunicado enviado por el Comité Paralímpico Internacional IPC, en el numeral 6??Membresia??- ??Criterios de Membresía ??, numeral 1, deberá estar conformado por las federaciones que gobierne un deporte del programa paralímpico. Esto quiere decir que las federaciones en Colombia que gobiernen disciplinas de deporte paralímpico y que se encuentren afiliadas a su respectiva Federaciones internacionales, y que a su vez estas se encuentren afiliadas al IPC, deben conformar el COMITÉ PARALÍMÍCO COLOMBIANO, es decir hacer parte de su asamblea general. Es decir en ninguna parte dice que debamos crear nuevas Federaciones de carácter obligatorio. Luego ellos en esa misma carta aducen en el Numeral 5: 5. Como evidencia , en Colombia , las Federaciones que se deben afiliar al Comité Paralímpico Colombiano, deberán ser organizadas por discapacidad y no por deporte, como lo obliga el manual del Comité Paralímpico Internacional. Y hoy el CPC y los personajes que trabajan en MINDEPORTE ellos quieren organizar Federaciones por deporte, y ese cambio obedece a manipulación de unos pocos al sector de deporte paralímpico, otra mentira vendida dentro de la ley 1946/2019 A continuación se referencia la carta de solicitud del IPC al CPC, con fecha y de manera textual que envió la señora Amaranta Acosta, Coordinadora de Miembros del IPC via email al Comité Paralímpico Colombiano. Enviado por correo electrónico Bonn, 18 septiembre 2017 Estructura Paralímpica internacional Estimado Julio César Ávila, El Comité Paralímpico Colombiano CPC ha sido miembro del Comité Paralímpico Internacional IPC desde 1989. Como miembro del IPC y de acuerdo con IPC Handbook, el CPC tiene, entre otras, la obligación de: 2.2.2 Incluir como miembros a todas las federaciones nacionales afiliadas a las Federaciones Internacionales responsables de la gestión de los programas en el Programa Paralímpico?? Actualmente el CPC no cumple con dicha obligación ya que no ha afiliado a la mayoría de las Federaciones Nacionales miembros de las Federaciones Internacionales que gobiernan los deportes en el Programa Paralímpico. Además, sabemos que el CPC actualmente no es reconocido ante la ley como Comité Paralímpico Nacional de la misma forma en que se reconoce al Comité Olímpico Colombiano COC. El IPC es el órgano de gobierno del deporte Paralímpico a nivel internacional de la misma manera en el Comité Olímpico Internacional Comité de Olímpicos y Paralímpicos, cada organización es independiente de la otra. Se espera que esta estructura internacional sea replicada y reconocida a nivel nacional por las autoridades del gobierno correspondientes. Es decir, que el Comité Paralímpico Nacional de cada país mar reconocido como máxima y única autoridad del deporte Paralímpico en su país de la misma forma que el Comité Olímpico Nacional es reconocido como la autoridad del deporte de nivel nacional. Por lo tanto, el CPC y el IPC deberían estar incluidos en la ley nacional del deporte de la misma manera en el que se menciona al COC y al COI. Este reconocimiento permitiría el al CPC afiliar a las Federaciones Nacionales que mencionan el lPC Handbook ya que su estado legal actual no le permite afiliar Federaciones Nacionales. Basado en lo anterior, solicitamos al CPC y a las autoridades correspondientes que se lleven a cabo la brevedad posible las modificaciones a la actual Constitución del CPC y a la ley del deporte de Colombia para que el CPC pueda afiliarse a las Federaciones Nacionales correspondientes y así cumplir con su obligación como miembro del lPC. Quedo a su disposición en caso de cualquier duda. Saludos cordiales, Amaranta Acosta Coordinadora de Miembros del IPC Comité Paralímpico Internacional Esta solicitud del IPC es clara, el CPC debe afiliar a la federaciones que están gobernado el deporte paralímpico en Colombia y que cuenten con el aval de las federaciones internacionales afiliadas al IPC, es esto y nada más. Ahora bien , el CPC con ayuda de amigos de MINDEPORTE están llevando a cabo reuniones no autorizadas y sin fundamento con entidades interesadas en este desorden como lo son, los clubes de la fundación arcángeles , de programas que en su momento utilizo a la personas con discapacidad de varias regiones del país para legalizar recursos de USAID, y los reúnen con la excusa , diciéndoles que la Ley 1946 permite crear una liga o una federación con organizaciones, como clubes , cajas de compensación, centros de rehabilitación , colegios, etc., llegando al punto de ayudar a crear clubes de papel ,y esto auspiciado por MINDEPORTE para poder llevar a cabo la implementación de este adefesio de ley 1946/2019. No lo podemos permitir Señor Ministro por favor asesórese de las personas que saben y llevan mucho tiempo en el deporte paralímpico en COLOMBIA, personas que trabajan en Mindeporte, pero no con el señor David Acosta y Carlos Barbosa que son los responsables junto con el señor presidente dl CPC Julio Ávila y la señora marcela Ramón de este desorden administrativo del deporte paralímpico desde hace 8 años.
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