Respetado señor John Carlos R ...
Respetado señor John Carlos Rojas León:
A continuación se brinda respuesta a su comentario: "El decreto reglamentario de la Ley 1946 de 2019 tiene como proposito la reglamentación de la Ley 1946 de 2019, sobre la organización, funcionamiento, niveles jerárquicos y estructura del deporte para personas con discapacidad. En la elaboración del Decreto se tuvo en cuenta la normativa nacional y los lineamientos internacionales. De acuerdo con su comentario es preciso indicar que el Decreto Reglamentario establece que los clubes promotores, como organismos de derecho privado, estarán constituidos mayoritariamente por afiliados deportistas, con cualquier número plural de deportistas de diferente Discapacidad, Deporte o Modalidad. Igualmente determina que estos podrán afiliarse a la liga o asociación deportiva departamental o del distrito capital correspondiente, mas no a una federación deportiva, en este sentido, con dos clubes promotores se puede crear una asociación o liga deportiva y esta si afiliarse a la federación deportiva". Gracias por su interés y opinión en estos espacios de participación.
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