Respetado señor Anónimo: ...

Última actualización: martes, diciembre 01 de 2020
Autoría: MINISTERIO DEL DEPORTE

Respetado señor Anónimo:
A continuación se brinda respuesta a su comentario: " En relación con su comentario, debemos señalar que, el Ministerio del Deporte de conformidad con los artículos 3 y 4 de la Ley 1967 del 2019, tiene como objetivo y función la formulación, adopción, dirección, coordinación y ejecución de las políticas públicas, planes, programas y proyectos vinculados al sector deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la actividad física. Teniendo presente lo anterior, esta entidad como ente rector del sistema a nivel nacional, tuvo en cuenta en la elaboración del Decreto la normativa nacional y los lineamientos del IPC, en especial el apendice 4 del Handbook, así mismo, las recomendaciones realizadas por el Presidente del IPC, en las respuestas a la consultas elevadas por esta cartera ministerial". Gracias por su interés y opinión en estos espacios de participación.

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