Respetado señor A J, cordial ...
Respetado señor A J, cordialmente nos permitimos dar respuesta a sus inquietudes:
1: Es importante especificar la responsabilidad que COLDEPORTES debe asumir en IVC Del talento humano al servicio del sector Al respecto es importante aclarar que la construcción del Plan Estratégico 2014 2018 de COLDEPORTES no implica la incorporación de competencias que el legislador no ha establecido a cargo de este Departamento Administrativo. En dicho sentido, en virtud del artículo 38 del Decreto Ley 1228 de 1995, COLDEPORTES en ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control podrá sancionar, a los organismos deportivos y a los miembros de sus órganos de dirección y administración , en consecuencia, respecto de actuaciones de las demás personas que formen parte del talento humano al servicio del sector , este Departamento Administrativo no tiene competencia. 2: Se evidencia que no ASUMIRAN LA RESPONSABILIDAD de IVC PARA LAS ORGANIZACIONES que son ESALES, otras ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO. Ya es hora que asuman la responsabilidad Y ACTUEN frente a esta bomba de tiempo Al respecto es importante aclarar que la construcción del Plan Estratégico 2014 2018 de COLDEPORTES no implica la incorporación de competencias que el legislador no ha establecido a cargo de este Departamento Administrativo, de manera que el ejercicio de las facultades de inspección, vigilancia y control sobre las entidades sin ánimo de lucro, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 1318 de 1988, le corresponde a la Alcaldía Mayor de Bogotá, y sobre los organismos deportivos le corresponde a COLDEPORTES, en virtud de lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 49 de Marzo 4 de 1993, numeral 8 del artículo 61 de la Ley 181 de 1995, artículos 34, 36, 37 y 39 del Decreto Ley 1228 de 1995, Artículo 10 de la Ley 1445 de 2011, Decreto 4183 de 2011, Por el cual se transforma al Instituto Colombiano del Deporte-COLDEPORTES-, establecimiento público del orden nacional en el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre COL DEPORTES-y se determinan su objetivo, estructura y funciones". Así las cosas, en el Plan Estratégico 2014 2018 de COLDEPORTES no se puede incluir dentro de los sujetos de inspección, vigilancia y control a las entidades sin ánimo de lucro ni a los establecimientos de comercio, sin embargo, le informamos que éste año nos encontramos iniciando el proceso implementación de las normas internacionales de información financiera (NIIF), para lo cual realizaremos el correspondiente diagnóstico a los organismos deportivos del Sistema Nacional del Deporte, con el fin de brindar las instrucciones que le permitan a dichos organismos formalizar su actividad, y crear los indicadores del sector que nos permitan la construcción de la nueva política de supervisión. Fuente. Dirección de inspección Vigilancia y Control Agradecemos su participación en el foro
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