La Ley del deporte durante el ...

Última actualización: miércoles, diciembre 18 de 2019
Autoría: Carlos Alberto Ruiz Muñoz

La Ley del deporte durante el tiempo ha tenido tantas reformas y adiciones leyes, decretos, resoluciones, circulares que es de suma importancia generar una nueva que abarque, en una sola, todo lo que se a generado frente a ella y que no quede como una colcha de retazos sino como una ley que tenga como objeto regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho de los ciudadanos a la práctica de la actividad física.
El sistema nacional del deporte presenta una desarticulación entre sus diferentes estamentos que hace necesario hacer una recomposición del mismo, de manera que permita un mejor engranaje, procurando que todos estén encaminados hacia la misma dirección, como es la promoción de la actividad física a todo nivel. Crear La superintendencia del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la Educación Física como una Entidad Estatal del Orden Nacional cuya misión sea garantizar, mediante sus funciones de Inspección, vigilancia y control, el eficaz funcionamiento de las Entidades que tengan que ver con el deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la Educación Física a todo nivel, tanto de entidades públicas como privadas que manejen recursos públicos. En lo enfrente a la financiación, tener mecanismos que sean más sólidos, de manera que no dependan del gobierno de turno sino que sean producto de una política de Estado, en algunos casos con direcciónamiento específico; Poner un énfasis primordial en los beneficios tributarios para los privados que patrocinen el deporte de manera que sea atractivo para ellos. Una vez sea sancionada la ley 248 que tiene como objeto reconocer y reglamentar el ejercicio de la profesión del entrenador deportivo se debe reglamentar de manera urgente para ponerla rápidamente en funcionamiento, esto permitiría darle mayor profesionalización a la actividad. Igualmente se debería ser más rigurosos en los requisitos y perfiles para administrar entidades deportivas, no dejarlo únicamente a un curso de 40 horas, debería ser al menos producto de una especialización universitaria, obviamente este esfuerzo debe redundar en una función que sea remunerada. Que la Ley sea más taxativa en cuanto a la jurisdicción de las funciones de los entes públicos y los entes privados, de manera que no lo dejemos a la interpretación sino al estricto cumplimiento de la ley. Carlos Alberto Ruiz Muñoz Abogado Licenciado en Educación Física Especialista en Administración Deportiva crmservicios@hotmail.es

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