Ministerio del Deporte

Gestión financiera y presupuestal

viernes, 19 de julio de 2024

Los recursos para el Ministerio del Deporte tienen su origen en el Presupuesto Nacional y son asignados anualmente a través de la Ley de Presupuesto.

1. ¿Cómo se puede acceder a los recursos del Ministerio del Deporte?

En principio los recursos del Ministerio están orientados a financiar el desarrollo del deporte, la recreación, la actividad física y el aprovechamiento del tiempo libre a través del desarrollo de programas y proyectos de recreación, fomento del deporte y para Infraestructura deportiva.   

Estos recursos son canalizados y entregados a través de convenios de apoyo a Federaciones Deportivas, Comité Olímpico y Comité Paralímpico con asignación y/o convenios de cofinanciación con entes territoriales para que ellos desarrollen estas actividades en sus regiones. 

2. ¿Bajo qué marco normativo se realizan los estados financieros del Ministerio del Deporte?

Los estados financieros individuales de MINDEPORTE se realizan con base en el Marco Normativo para Entidades de Gobierno, incorporado al Régimen de Contabilidad Pública mediante la Resolución 533 de 2015 y sus modificaciones,  expedida por la Contaduría General de la Nación, el cual está conformado por: 

- El marco conceptual para la preparación y presentación de información financiera.

- Las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos.

- Los procedimientos contables. 

- Las guías de aplicación. 

- El catálogo general de cuentas.

- La Doctrina Contable Pública.

3. ¿Es obligatorio publicar los Estados Financieros del Ministerio del Deporte?

Si, dando cumplimiento a la siguiente normatividad:

- Numeral 36, articulo 34 de la Ley 734 de 2002. 
Numeral 3.3, del artículo 1 de la Resolución No 182 del 19 de mayo de 2017, modificada por la Resolución 239 de 2017, expedidas por la Contaduría General de la Nación. 
- Ley 1712 de 2014 "Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones". 

4. ¿Qué son las Operaciones Recíprocas entre Entidades del Estado?

Son aquellas transacciones financieras realizadas con diferentes entes públicos por conceptos que pueden estar asociados con activos, pasivos, patrimonio, ingresos, gastos o costos, cualquiera sea el nivel y sector al que pertenezcan y que reportan sus estados financieros a la Contaduría General de la Nación para la consolidación del balance.


"A partir de la vigencia 2014 la CGN tiene como objetivo reducir de manera significativa estos saldos, por tanto, los analistas de gestión solicitaran los ajustes que se requieran, los cuales deberán incluirse en la información de los cortes definidos en la Resolución 375 del 17 de Septiembre del 2007 y demás que la modifiquen".


Conoce y descarga Manual de Instrucciones Operaciones Recíprocas aquí.


 

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